martes, 12 de diciembre de 2006

LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

Ley del Sistema de Seguridad Social
A pesar del incremento en el salario mínimo en relacion al promedio de acuerdo servicio laboral prestado, no se ha logrado cumplir con la función de proteger a los trabajadores plenamente en sus funciones dentro de la población económicamente activa.es por esta situación que se considera que en el país se debe emprender una gran tarea, como es la reforma de la legislación laboral

Registro Nacional de empresas y establecimientos
Es un registro único, público y obligatorio que sirve como base para el otorgamiento y revocatoria de la solvencia laboral.


Deben inscribirse en este registro:
Todos los empleadores del sector formal, sin importar su rama de actividad o número de trabajadores, ya que esta inscripción es indispensable para el otorgamiento de la solvencia laboral la cual permite entre muchas cosas llevar a cabo contratos de orden público y privado sin ningún inconveniente.Inscripción en el registro nacional de empresas
El Representante del Establecimiento, deberá llenar la solicitud de Inscripción a través del “Sistema de Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, disponible en la página Web del Ministerio del Trabajo
www.mintra.gov.

En la fecha fijada por el respectivo Sistema deberá consignar los recaudos exigidos, ante la Oficina del Ministerio del Trabajo, que se le indique, de acuerdo al domicilio señalado en los Estatutos Sociales de la Compañía.Recaudos que deben acompañarse
El Representante de la Empresa que tramitó la Solicitud, debe presentarse ante la referida Oficina, con los siguientes recaudos:

1. Dos impresiones de la Solicitud de Inscripción.
2. Copia del documento constitutivo, última reforma estatutaria y designación de la Junta Directiva vigente.
3. Copia del RIF y del NIT.
4. “Cédula del Patrono o Empresa” (Forma 14-01) expedida por el IVSS, o “Constancia de No Afiliado”, tanto de la empresa Solicitante, como de las Sucursales.
5. Comprobante de Inscripción en el Registro Nacional de Aportantes (RNA), llevado por el INCE.
6. Constancia de Afiliación al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, expedida por la entidad bancaria, u Oficio de Empresa No Afiliada, expedida por el CONAVI.
7. Copia del Certificado de Registro de Inscripción ante la Superintendencia Nacional deCooperativas (SUNACOOP), si fuere el caso.
8. Nómina de Trabajadores, impresa en el formato de nómina, dispuesto a tal efecto en la página Web del Ministerio del Trabajo.


Procedimiento ante el Ministerio del Trabajo
1.- El funcionario del trabajo constatará que los recaudos cumplen estrictamente con lo ordenado en la Resolución.
2.- De ser procedentes, los remitirá al Funcionario responsable del Registro, a los fines de su verificación y apertura del expediente.
3.- En caso de alguna omisión o incumplimiento, se lo comunicará, por escrito, al solicitante, concediéndole un plazo no mayor de 15 días hábiles, para su subsanación.
4.- Verificado el cumplimiento de todos los requisitos, el Funcionario procederá a cotejar los datos aportados en la Solicitud, con el contenido de los documentos consignados.
5.- El Funcionario procederá a generar el Certificado del Número de Identificación Laboral(NIL), en el cual se hará constar que la empresa se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos.
6.- El Funcionario responsable del Registro, validará el NIL.

Inscripción de Sucursales
La inscripción de sucursales se hará en la misma oportunidad de la inscripción de la principal.Si la apertura de la sucursal ocurriere con posterioridad, la inscripción de éstas, se realizará dentro de los 15 días hábiles siguientes al inicio de sus operaciones, debiendo llenar la Solicitud de Inscripción de Sucursales.

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